NIC.ar: limitación al N° de dominios por entidad

Hasta hoy, en NIC.ar, cualquier Entidad Registrante podía registrar dominios de forma ilimitada. En nuestro país existen alrededor de 1.800.000 dominios delegados por NIC.ar, de los cuales 450.000 (el 25%) pertenecen solamente a un grupo de 884 Entidades Registrantes de las 511.816 Entidades Registrantes habilitadas en NIC.ar.

Nota: Una Entidad Registrante puede ser una persona física o jurídica registrada en NICar Argentina y que está habilitada para registrar dominios.

Esto quiere decir que el 0,17% de las Entidades Registrantes tienen el 25% de los nombres de dominios de Internet de Argentina. Y a su vez, tienen 200.000 dominios pendientes de aprobación. Promediando, vemos que cada Entidad Registrante tiene 509 dominios, y 226 pendientes de ser aprobados, los cuales están bloqueados y no pueden ser registrados por ninguna otra Entidad. Conclusión: estas Entidades tienen 735 dominios en promedio cada una, la mayoría de los cuales están parqueados sin ser utilizados y perjudicando a otras personas o empresas que muchas veces se ven obligados a comprarles un nombre de dominio o buscar nombres alternativos.

Esto es algo que me pasa muy frecuentemente cuando viene un cliente buscando un sitio web. Perdemos mucho tiempo buscando nombres de dominios gracias a estas personas se tomaron el trabajo de registrar cuanto nombre de dominio se les ocurrió registrar.

Para frenar un poco esto, hoy se dió a conocer la Resolución 203/2009 (archivo PDF) del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto que limita el registro hasta 200 dominios por parte de las Entidades Registrantes.

Los que tienen más de 200 dominios registrados

Para aquellas entidades con más de 200 dominios registrados, la implementación de esta resolución prevee:

  • No podrán realizar nuevos registros.
  • No podrán recibir transferencias de terceros.
  • Podrán renovar hasta DOSCIENTOS (200) de los dominios que ya posee registrados.

Sin embargo se prevee una excepción a esta nueva norma, que dice que:

En caso que una entidad registrante necesite registrar por sobre el límite de DOSCIENTOS (200) nombres de dominio, deberá enviar una nota (según modelo que como ANEXO II, forma parte integral de la presente Resolución) por cada nuevo dominio a NIC Argentina, en la que fundamente fehacientemente la necesidad de obtener dominios por sobre el límite establecido, y declarando que sobre el nuevo dominio la entidad registrante tiene un interés legítimo, bienes o servicios con ese nombre, o es conocido públicamente por ese nombre.

No podrán ser objeto de transferencia a terceros aquellos dominios otorgados por NIC Argentina por sobre el límite de DOSCIENTOS (200) en carácter de excepción.

La medida en sí no sé hasta donde ayudará, ya que bien todos conocemos que “hecha la ley, hecha la trampa”.

Las Entidades Registrantes afectadas no demorarán en crear nuevas entidades a las cuales transferirles los nombres de dominios… enseguida encontrarán amigos y familiares a los cuales delegarle 200 dominios a cada uno.

200 nombres de dominio por entidad es demasiado e innecesario, más aún si calculamos que el resto de los dominios (1.350.000) están en manos de 510.932 Entidades, tenemos casi 3 dominios registrados por Entidad en promedio.

Creo que 20 dominios por personas sería aceptable, si total tenemos la posibilidad de crear una excepción por cada dominio adicional ¿cuántas empresas necesitan más de 20 dominios? . Seguramente que muy, muy pocas.

Puede que los diseñadores web salten diciendo que tienen más de 20 clientes, pero esto no tiene nada que ver. El dominio debería ser registrado a nombre del cliente y no del diseñador o estudio que hace el sitio web como muchas veces ocurre.

Veremos que resulta de esta nueva medida de NIC.ar

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